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REGISTRO MERCANTIL | Guía de Trámites
     
 
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  Sucursales Extranjeras  
     
 

Se consideran sucursales extranjeras las de propiedad de sociedades con domicilio principal en el exterior.
La ley ha establecido unos requisitos especiales para el establecimiento de sucursales extranjeras que pretendan abrir negocios permanentes en Colombia: (Art. 471 del Código de Comercio):

1

Protocolizar en una notaria del lugar elegido para su domicilio en el país, copias auténticas del documento de su fundación, de sus estatutos, la resolución o acto a través del cual se acordó su establecimiento en Colombia y de los que acrediten la existencia de la sociedad y la personería de sus representantes.

 

La resolución o el acto mediante el cual la sociedad acuerde establecer negocios permanentes en Colombia (Art. 472 del Código de Comercio) deberá expresar:

1

Los negocios que se proponga desarrollar, ajustándose a las exigencias de la ley colombiana respecto a la claridad y concreción del objeto social.
Es necesario tener en cuenta que cuando las sociedades tuvieren por objeto explotar, dirigir o administrar un servicio público o una actividad declarada por el estado de interés para la seguridad nacional, el representante y los suplentes de que trata este punto deben ser ciudadanos colombianos.

 
2

El monto del capital asignado a la sucursal, y el originado en otras fuentes, si las hubiere (estableciendo el valor del aporte en pesos colombianos).

 
3

El lugar escogido como domicilio (ciudad o municipio donde se establecerá).

 
4

El plazo de duración de sus negocios en el país y las causales para la terminación de los mismos.

 
5

La designación de un mandatario general, con uno o más suplentes, que represente a la sociedad en todos los negocios que se proponga desarrollar en el país. Dicho mandatario se entenderá facultado para realizar todos los actos comprendidos en el objeto social, y tendrá la personería jurídica y extrajudicial de la sociedad para todos los efectos legales.

 
6

La designación del revisor fiscal, quien será persona natural con residencia permanente en Colombia.

 

Cómo efectuar la Matrícula:

»

Diligencie los formularios de registro único empresarial (la carátula única y su anexo mercantil), indicando los datos principales de la sociedad extranjera y la información financiera. En el anexo mercantil deben indicar los datos de establecimiento de comercio.

»

Igualmente se debe presentar diligenciado el anexo tributario, firmado por el representante legal.

»

Anexe una copia auténtica de la escritura pública en donde figuren protocolizados los documentos para la apertura.

»

Presente en las ventanillas de la entidad esta documentación y cancele los derechos de matrícula y de inscripción respectivos.

 
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